El Ministerio de Ambiente ordenó investigación a Anglogold Ashanti

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
El proceso se inicia con el fin de verificar las acciones u omisiones por una presunta infracción ambiental, luego de que Cortolima suspendiera las actividades que la empresa estaba desarrollando en el sector conocido como El Diamante en Cajamarca.

Mediante el auto número 058 del 25 de febrero de ese año el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ordena apertura de investigación ambiental a la multinacional minera Anglogold Ashanti, AGA, para indagar una presunta infracción en una de sus operaciones.

El proceso se da en el marco de la sustracción temporal de la Reserva Forestal Central, que fue dada a la empresa minera mediante la resolución 0419 del 3 de mayo de 2013, para desarrollar obras de exploraciones mineras en varios títulos mineros, principalmente en Cajamarca.

Es de recordar que Cortolima suspendió actividades en el sector conocido como El Diamante, uno de los puntos solicitados por la multinacional, porque no cumplieron con una serie de requisitos que estaban establecidos.

Este hecho fue reconocido por la empresa minera, por medio de un comunicado de prensa donde reconocieron el error: “Una vez realizada una revisión interna, se reconoce que no se observó el requisito de informar de manera previa al Ministerio de Medio Ambiente sobre la instalación de una línea de abastecimiento de agua en el proyecto La Colosa”.

El director de la autoridad ambiental, Jorge Enrique Cardoso, en ese entonces afirmó que sería el Ministerio el que levantará la medida o por el contrario la ratificará, y solo hasta ahora el auto en mención es el pronunciamiento que se conoce.

Dentro del documento donde se anuncia la apertura de la investigación, se señala que se buscará determinar con certeza los hechos constitutivos de infracción y completar los elementos probatorios, por lo que se iniciará todo tipo de diligencias y actuaciones administrativas.

Sobre dicho acto administrativo no procede recurso alguno y fue firmado por María Claudia García Dávila, quien es directora de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos.

El origen de este pronunciamiento

Es de recordar que Cortolima desde que conoció que el Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible había permitido la sustracción temporal de nuevas hectáreas de la Reserva Forestal Central, pidió la revocatoria de la resolución donde se permitía este proceso, pero esta no fue aceptada.

Sin embargo, la autoridad ambiental efectuó medida preventiva de suspensión de las actividades de exploraciones tempranas, luego de una visita ocular al lugar.

Allí se encontró, además de otros procesos, adecuación de caminos que fueron sellados y una red de mangueras encontradas en el vereda El Diamante, que fue el detonante que utilizó la autoridad ambiental como prueba para suspender de manera preventiva los trabajos que allí adelantaban.

AGA le contestó al Ministerio

La multinacional informó al Ministerio que la empresa no dio aviso previo como debería hacerlo, sin embargo mencionó que en la ejecución de la actividad se implementó las medidas de manejo y control ambiental.

Y añadió que para subsanar el error cometido, fue anexada la información que no se envió en su debido momento y que pese a que entiende que se trató de una omisión de una requisito legal, aceptará la decisión del ente nacional, así quedó establecido en el auto donde se inicia la investigación.

“Respetaremos decisión del Ministerio”, Anglogold

Carlos Hernando Enciso, gerente de Asuntos Corportivos del proyecto La Colosa, en un comunicado entregó la postura de la multinacional sobre este pronunciamiento del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

En un primer punto destaca que “se trata de un acto administrativo de normal trámite, producto de la resolución 0143 del 28 de enero de 2014, proferida por Cortolima, donde se suspende preventivamente unas actividades de exploración en el proyecto La Colosa.

“Y también, que producto del reconocimiento que hizo Anglogold Ashanti de su error, cuando manifestó mediante comunicado público y oficio dirigido al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que debido a una incompleta interpretación, no se observó el requisito de informar de manera previa al Ministerio sobre la actividad ejecutada, como lo establece el artículo cinco de la resolución 1527 de 2012”.

Por último, anota que la empresa minera con el propósito de subsanar el error cometido, mediante una radicación efectuada el 14 de febrero de 2014, entregó al Ministerio de Ambiente la información que no había sido enviada en su debido momento y entiende que se trata de la omisión de un requisito legal y, en este sentido, aceptará la decisión que tome el Ministerio sobre la misma.

Credito
CLAUDIA RESTREPO

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