La Procuraduría Regional del Tolima reprochó a Tafur Ramírez, el hecho de continuar en un proceso judicial como apoderada de un ciudadano, después de haber asumido el cargo como empleada pública de Cortolima, lo que le impedía ejercer tal representación.
Para el Ministerio Público, el comportamiento irregular de Tafur Ramírez vulneró el principio de moralidad administrativa que rige la función pública implicando violación del régimen de incompatibilidades, lo que constituyó una falta gravísima cometida con culpa grave, por la inobservancia del cuidado necesario que debió tener en el ejercicio de sus funciones.
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El fallo de primera instancia fue apelado por el abogado de la disciplinada y será resuelto por la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa y Judicial.
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