Nuestra justicia vista por un sabio

Manuel José Álvarez Didyme

En un artículo publicado en una reciente edición del diario “El Tiempo”, a mi juicio equivocadamente titulado como “Más sobre Arias”, el ex Rector de la Universidad Nacional de Colombia y presidente de la Academia Colombiana de Ciencias Exactas, Físicas y Nucleares del país, doctor Honoris Causa, miembro de la Misión de Sabios de Colombia en el año que discurre y científico varias veces premiado por sus aportes al periodismo y a la ciencia, Moisés Wasserman, relata el “matoneo” que tuvo que padecer por haber señalado en un escrito periodístico anterior al que aquí y ahora se comenta, que le parecía “desproporcionada” la sanción de 17 años que le fue impuesta a Andrés Felipe Arias por los delitos de “Contratación sin plenos requisitos legales” y “Enriquecimiento ilícito a favor de terceros”, lo cual lo llevó a estudiar de forma detenida y por tanto objetiva, dicha pieza procesal, para formarse un juicio verdaderamente imparcial y carente de cualquier prejuicio que lo llevara a creer a priori la culpabilidad del exministro.

Porque luego de leerlo, he pensado que la titulación adecuada para dicho artículo, ha debido ser, “Más sobre nuestra justicia”, ya que en las cogitaciones del brillante articulista, el punto a resaltar por sobre cualquier otro, es el desconcierto que le causó y la duda que le sembró en su pensamiento científico, el desacierto de un fallo de la máxima autoridad jurisdiccional del Estado, la Corte Suprema de Justicia, soportado sobre “inanes evidencias”, sin la suficiente fuerza retórica para convencer y menos persuadir, y por tanto carente de la elemental sindéresis indispensable para predicar que se estaba frente a verdaderos hechos delictuales.

Y es que al sentir del profesor Wasserman, llamar “Contratación sin plenos requisitos legales” a convenciones realizadas con el “Iica”, una agencia de la OEA, implica necesariamente, que el análisis respecto de su cumplimiento de los requerimientos de ley se debió hacer dentro de un contexto de carácter tecnológico y científico, que no en el de la Ley General de contratación, máxime cuando el mismo Ministerio que servía Arias, venía realizando de mucho tiempo atrás, idénticos convenios con aquella entidad en un número superior a los 130, según lo certificaron dentro del proceso varios ministros antecesores suyos.

Por tanto, la afirmación de la Corte para fundamentar su desacierto, que “…si bien la finalidad de esos convenios era “tecnológica”, su objetivo sí era “administrativo”…”, es echar mano de un galimatías semántico y hasta filosófico que da surgimiento a todas las dudas posibles,-como lo señala el destacado articulista-, para explicar lo inexplicable, las cuales debieron resolverse en aquella sentencia, en favor del procesado, en respeto del principio universal de obligatorio acatamiento, del “in dubio pro reo”.

Y otro tanto acaeció con el supuesto “Enriquecimiento ilícito a favor de terceros”, cuando, contra la presunción de inocencia, se presumió la existencia de “dolo” a partir de la condición de Arias de “trabajador e inteligente” al cual “ nada se le escapaba”, no obstante haber estado ausente en los momentos en que se tomaron algunas de las decisiones base de la acusación y no haber firmado las actas correspondientes a dichas reuniones, para supuestamente beneficiar a terceros desconocidos de los cuales no recibió beneficio alguno o si acaso un pírrico favor.

¿Mala fe?, difícil de pensar en Magistrados de las altas Cortes, no obstante la presencia entre ellos de los miembros del “Cartel de la Toga”, José Leonidas Bustos y Gustavo Enrique Malo. O, ¿acaso torpeza?: inaceptable entre los sucesores de la llamada “Corte Admirable”, la institución patria alguna vez más admirada y respetada por los colombianos por su inteligencia.

Solo resta pensar en un fallo de inefable tendencia retaliatoria contra un desafecto político.

De todos modos la “segunda instancia” es un Derecho propio en la carga valorativa de todo Estado que presuma de moderno, máxime cuando se está de cara ante una injusta y grave equivocación de espurio origen politiquero, que aún hoy puede ser enmendada.

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