“El Covid no ha muerto, ni anda de parranda”

Comandante de la Metib

A partir del próximo 1° de Septiembre nuestro Gobierno Nacional, determinó a través del decreto 1168, que se da inicio a la fase de Aislamiento Selectivo y Distanciamiento Individual Responsable, lo anterior teniendo en cuenta que la curva de contagios en nuestro país se encuentra estable y con tendencia a la baja, pero esto solo se podrá seguir manteniendo única y exclusivamente con nuestra responsabilidad. Con lo anterior se busca de igual forma reactivar otros sectores de la economía y de nuestro diario vivir.
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Es importante recordar, que si se ha dado viabilidad a actividades que desde hace más de 5 meses no podíamos realizar es para hacerlo con conciencia, procurando siempre acatar los protocolos de bioseguridad, ya que si no se siguen al pie de la letra, estaríamos expuestos a un rebrote, lo cual conllevaría de nuevo a un aislamiento preventivo obligatorio, tal y como lo vivimos el pasado 25 de marzo.

En el marco de este decreto, la Presidencia de la República también deja en claro que son los alcaldes en los municipios de alta afectación, con la debida autorización del Ministerio del Interior y previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social, restringir las actividades, áreas, zonas y hogares que consideren pertinentes para la realización de un aislamiento selectivo y focalizado, de acuerdo con la variación en el comportamiento de la pandemia del Coronavirus Covid-19.

De igual forma, en los municipios sin afectación, de baja afectación y moderada afectación del Coronavirus Covid-19 no se podrán realizar aislamientos selectivos de actividades, áreas, o zonas. En todo caso, las instrucciones y órdenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus Covid-19, deben ser previamente justificadas y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad.

Es de vital importancia recalcar que en el artículo 5° del decreto 1168, también se estipulan aquellas actividades que aún no están permitidas en nuestro país.

Así las cosas, debemos seguir guardando el distanciamiento social, el lavado de manos constante, al igual que el uso de elementos de protección (tapabocas, caretas, etc.), en el comercio exigirle a los usuarios de los mismos estas normas básicas de salud, ya que si algún trabajador de los mismos resulta contagiado, lo más seguro es que se le ordene al resto de sus compañeros la realización de la prueba del Covid-19 y el aislamiento mientras salen los resultados, lo que conllevaría al cierre temporal del mismo y pérdida de capacidad adquisitiva.

Recordemos que se están dando ciertas libertades con responsabilidad, pero el virus no ha muerto ni anda de parranda. Somos uno, somos todos”.

Dios y Patria.

CR. GABRIEL BONILLA GONZÁLEZ

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