Una vergüenza internacional

Rodrigo López Oviedo

Ha dicho el presidente Santos, ante todo su séquito, que “los temas bilaterales entre Nicaragua y Colombia no van a seguir sujetos a la decisión de un tercero y deberán abordarse mediante negociaciones directas entre las partes, de conformidad con el derecho internacional”.

De ser posible lo anterior, también sería factible asumir que los litigios entre particulares se resolvieran sin jueces, con la sola intervención de las partes, caso en el cual quedaría aceptado también que el pez chico quedara a disposición del más grande.

Santos ha convertido en hecho recurrente el anuncio de no acoger los fallos de la ONU, proferidos por su Tribunal Internacional de Justicia. Así lo hizo ante la sentencia de este Tribunal, mediante la cual se redujo nuestro mar territorial a favor de Nicaragua, y lo está haciendo ahora cuando llega al extremo de no aceptar siquiera que se le abra un proceso, como si desde ya tuviera por sabido que la razón le asiste otra vez a Nicaragua, y que a favor de este país saldría el fallo.

Si tales son los procederes establecidos por nuestro Gobierno, amargos tragos deben de ser los que está apurando el pez chico al ver el inmenso hocico colombiano, hoy abierto amenazadoramente para disuadirlo de cualquier intento de seguir buscando reconocimiento internacional por todo en lo que cree tener derecho.

Pero se equivocan el Presidente y su corte en este desafortunado trance. La Carta de la ONU señala que “La Corte Internacional de Justicia será el órgano judicial principal de las Naciones Unidas”.

En su artículo 93, numeral 1º, establece que “Todos los miembros de las Naciones Unidas son, ipso facto, partes en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia”. Por su parte, el Artículo 94 indica que “Cada miembro de las Naciones Unidas se compromete a cumplir la decisión de la Corte Internacional de Justicia en todo litigio en que sea parte”.

Y como si todo lo anterior fuere poco, el numeral 2º de este mismo artículo estipula que “Si una de las partes en un litigio dejare de cumplir las obligaciones que le imponga un fallo de la Corte, la otra parte podrá recurrir al Consejo de Seguridad, el cual podrá, si lo cree necesario, hacer recomendaciones o dictar medidas con el objeto de que se lleve a efecto la ejecución del fallo”.

Como puede verse, la situación de Colombia no es fácil, y en lugar de estar aplaudiendo tan vergonzosa, repetida e internacional metida de patas de nuestro Gobierno, lo que debemos hacer es exigirle mayor responsabilidad en el manejo de este tipo de asuntos, así como en todos los demás.

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