La Corte Suprema de Justicia anuló fallo del hijo de “El Socio”

Juan Diego Restrepo González cuando fue capturado en marzo de 2016.
Crédito: Suministrada / EL NUEVO DÍA.Juan Diego Restrepo González cuando fue capturado en marzo de 2016.
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Esto significa que este caso no será tratado como una tentativa de homicidio sino como una tentativa de feminicidio.
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La Corte Suprema de Justicia casó el proceso contra Juan Diego Restrepo González, el hijo del reconocido narcotraficante Eduardo Restrepo Victoria, alias ‘El Socio’ y anuló todo el trámite dado desde cuando la Fiscalía intentó hacer la adición de la imputación y permitir que introduzca los cambios pertinentes a la misma. 

La Corte resolvió el recurso interpuesto por el abogado de la víctima, en este caso de la modelo Daniela Melo Martínez, quien solicitó se restaurara la actuación a partir del preacuerdo celebrado entre la Fiscalía y el acusado. Los delegados de la Fiscalía y del Ministerio Público ante la Corte apoyaron esta pretensión. 

Es de recordar que Restrepo González fue condenado en marzo de 2017 por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito a 42 meses que equivale a tres años y ocho meses por el delito de homicidio agravado en la modalidad de tentativa, donde le reconocieron el atenuante bajo las circunstancias de ira e intenso dolor.

 

"Jalón de orejas"

 

Señaló la Corte que las irregularidades encontradas en el proceso decretó anular el acto procesal antes del preacuerdo, puesto a que desde el “trámite dado a la solicitud de adición de la imputación que se produjo el vicio procesal sustancial que transgredió el debido proceso, lo que impidió a la Fiscalía adicionar la premisa fáctica”, dice uno de los apartes de la decisión. 

Por tal razón invalidará la actuación desde el trámite dado por el Juez Quinto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías a la solicitud de audiencia para la adición de la imputación, para que se permita a la Fiscalía introducir los cambios que considere pertinentes a la imputación.

Por último, hizo un llamado de atención a los jueces que ejercen funciones de control de garantías, para que se apliquen al cabal cumplimiento de las obligaciones de celeridad y priorización de dichas audiencias, las que se deben celebrar dentro de un plazo razonable a fin de garantizar el punto de equilibrio entre las necesidades de la justicia y la materialización de las garantías debidas a las partes.

 

SUMINISTRADA / EL NUEVO DÍA

 

El ataque 

 

En el recuento de los hechos, la Corte recordó una situación relevante ocurrida el 8 de noviembre de 2015 cuando Daniela Melo Martínez y Juan Diego Restrepo González recién habían entablado la relación sentimental, en medio de la celebración de cumpleaños de ella, el hombre se puso furioso por la presencia de mariachis, empujó a la joven en presencia de la mamá y le gritó que era una ‘hijueputa’, perra (sic) pero que este hecho no fue dado a conocer. 

Resalta la Corte que el noviazgo de la pareja era Restrepo González quien controlaba, celaba y trataba mal a Daniela, con quien se fue a vivir en el apartamento de ella, el 401 ubicado en el Conjunto Terekay de la calle 69, número 10A - 214, donde para la noche del 8 de marzo de 2016 salieron a celebrar el Día Internacional de la Mujer. 

Durante la cena el sujeto le reclamó a Daniela porque le habían llegado presentes y flores por dicho día. 

La pareja llegó hacia la 1:20 de la madrugada del 9 de marzo, Daniela no quiso subir el ascensor con él y decidió irse por las escaleras y este la siguió. 

Ya en el apartamento, el sujeto presuntamente la insultó diciéndole que era: “una perra, prostituta, que no valía la pena”, la tiró al piso y la emprendió a golpes, le propinó patadas en la cabeza y en el estómago, al tiempo que intentó ahorcarla, pues, decía, ella tenía una relación con otra persona y se tenía que morir.

Los gritos de Daniela fueron escuchados luego de 15 minutos de su llegada al apartamento, un vecino avisó y uno de los vigilantes subió al apartamento, donde escuchó a la pareja peleando, timbró en varias oportunidades pero nadie abrió, y hubo silencio. 

 

Credito
Redacción Judicial El Nuevo Día

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