Patarroyo sin monos para experimentar

Archivo - El Nuevo Día
El permiso que tenía Manuel Elkin Patarroyo hasta el 2015 para cazar 800 monos nocturnos por año, con fines científicos, le fue retirado luego de un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

La acción popular cuya magistrada ponente fue Claudia Lozzi, había sido admitida hacía un año en contra Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía, Corpoamazonia y el Ministerio de Ambiente, entidades que debían ejercer el control sobre la caza de los animales por parte de Fundación Instituto de Inmunología de Colombia (Fidic), liderada por Patarroyo.

La decisión del Tribunal se basa en que la falta de controles sobre el uso de la especie Aotus nancymaae o monos nocturnos, en el proyecto científico constituía una vulneración al derecho e interés colectivo.

Lo grave del asunto para algunos es que ante el fallo del alto Tribunal, Patarroyo no podrá continuar con la investigación que venía desarrollando contra la malaria. Ante lo ocurrido, el científico deberá solicitar un nuevo permiso, pero este debe ser otorgado bajo ciertos criterios que protejan a los monos nocturnos.

Según la sentencia, la irregularidad en el uso del permiso se dio en que los procedimientos no se encontraban ajustados a los compromisos internacionales adquiridos por Colombia, al suscribir y ratificar la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas, de Fauna y Flora Silvestres.

De acuerdo al Tribunal ante la falta de controles los animales y su ecosistema se vieron vulnerados. Mientras el ministerio de Ambiente decidió en forma unilateral sustraerse de los compromisos internacionales válidamente adquiridos por el Estado colombiano, es decir, que decidió sobre el futuro de los monos nocturno sin tener en cuenta los protocolos firmados con los países vecinos.

El fallo también señala que deberá ser la Procuraduría la que tendrá que revisar porqué si la investigación se había iniciado en el 2008, un año más tarde fue archivada y si hay alguna responsabilidad de los funcionarios a cargo.

Por su parte, también se ordena que Corpoamazonia revise la investigación administrativa que se hizo contra la Fidic, en la que se vencieron términos en el año 2005, por lo que fue cerrada.

De otro lado, el fallo indica que no se deberá realizar ningún tipo de investigación penal contra la entidad y por ende su director Manuel Elkin Patarroyo, por los delitos de aprovechamientos de recursos naturales renovables y experimentación ilegal en recursos animales o vegetales. Si es el caso los accionantes podrán iniciar un nuevo procedimiento penal por su cuenta.

Credito
COLPRENSA

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