Concepto 15766 2005 DIAN: hurto a Colombia

Los consumidores pagamos ese otro costo vía impuestos generales: es el costo de proveer seguridad a la infraestructura petrolera.

En los últimos meses se ha dado una discusión importante en el país sobre el precio de los combustibles, especialmente de la gasolina. Sin duda es un debate importante, dado el impacto que tiene en la economía de las familias y de las empresas, pues sabemos que éste es uno de los detonantes anuales de las alzas generalizadas de precios en los diferentes bienes y servicios.

El debate ha tenido las características clásicas donde los mayores afectados, los usuarios, poco se movilizan y quienes ven peligrar sus ingresos rápidamente hacen manifestaciones y cierres. Así mismo, se esgrimen diversas teorías económicas, llenas de ideologías, para justificar o no el precio y se discute si el problema es de la Nación o es responsabilidad de las autoridades locales por cuenta de las llamadas sobretasas. También surge en la polémica el contrabando de combustibles y los beneficios que pueden obtener organizaciones al margen de la ley.


No obstante lo anterior, hay un aspecto del problema que aún permanece oculto. Y lo está porque no hace parte de la canasta de costos de la producción o distribución de combustibles y porque no impacta directamente el precio. Los consumidores pagamos ese otro costo vía impuestos generales: es el costo de proveer seguridad a la infraestructura petrolera. El Ministerio de Defensa anunció hace pocos días que se crearían seis batallones para proteger los oleoductos, etc., y agregó en su comunicado que incluso se movilizarán unidades desde Bogotá para el efecto.


Es evidente que cualquier galón de combustible que se pague en Colombia tiene además el costo económico de financiar el personal militar adscrito a la protección de esta actividad y el costo difícil de cuantificar del impacto en la seguridad del retiro de unidades de una región a otra.


Es indudable que si los recursos naturales no renovables son propiedad de la Nación, el Estado debe intervenir en su protección para garantizar su uso adecuado y las regalías que percibe por la explotación de los mismos. Sin embargo, ¿compensa el monto de las regalías este tipo de inversiones? La respuesta intuitiva es que no, pues cada vez que el Estado tiene que destinar más recursos para hacer viable el negocio es una reducción de los recursos disponibles para la inversión social o el desarrollo.


Pero la historia no acaba ahí, pues hay jurisprudencia que restringe la noción de regalía a contraprestación por el daño ambiental ocasionado por la explotación del recurso, por lo que queda la pregunta de bajo qué concepto ve la Nación compensada su propiedad sobre aquel. Y para completar el escenario está aún vigente el polémico concepto 15766 de 2005 de la Dian, que permite que las regalías sean deducibles del impuesto a la renta y que afecta evidentemente el recaudo.


Así que, en conclusión, la gasolina cuesta mucho, pero mucho más de lo que se piensa.

 (*) Senador

Credito
JUAN MANUEL GALÁN P. (*)

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