El compliance del sector financiero se potencializa con tecnologías

Crédito: Archivo / EL NUEVO DÍAImagen de referencia.
“Aun con la cantidad de recursos tecnológicos que existen en la actualidad, seguimos pensando la regulación bajo una perspectiva puramente legal, dejando de lado lo realmente importante: mejorar el ecosistema tecnológico”. 
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Para muchos, 2022 fue un año protagonizado por la importancia y la presencia que ha tomado la tecnología y la innovación en el mundo empresarial. Sin embargo, cuando se trata de regulación, los encargados desatienden justamente la tecnología y la innovación. 


Solo para poner la discusión en contexto, el 2022 evidenció un crecimiento del 82 % en el número de emprendimientos enfocados en tecnología, dentro de las cuales un alto porcentaje se centra en la industria financiera. 


El Estado colombiano ha empleado sus mejores esfuerzos para entrar al club de la tecnología: los intentos de regulación en materia de tecnología, el desarrollo de políticas públicas en temas de innovación y la apuesta por un proyecto de ley que se debate frente a los activos digitales. 
“Ahora bien, independiente de si la regulación afecta de forma positiva o negativa a las startups, a mi parecer, hay un tema aún más importante: la regulación deja de lado una característica fundamental, la tecnología en sí”, Diego Gómez, country manager de celeri en Colombia.
 Por un lado, luego de un año con fuertes golpes en temas de lavado de activos y de financiación al terrorismo a través del trading de “activos virtuales”, era de esperarse que el GAFI recomendara a sus miembros y aliados desarrollar regulación enfocada en el monitoreo de las actividades de empresas que facilitaran operaciones con estos activos. 


“Colombia, con el crecimiento de empresas como Littio o Zulu, no fue ajena a esta recomendación, expidiendo así la Resolución 314 de 2021 de la UIAF, que obliga a los proveedores de servicios de “activos virtuales” a reportar sus clientes y las transacciones de sus operaciones”, añadió el experto.
Por otro lado, atendiendo objetivos similares a la Resolución de la UIAF, la DIAN expidió la Resolución 164 de 2021, mediante la cual se creó el RUB; el Registro Único de Beneficiarios Finales, a través del cual las personas jurídicas y estructuras sin personería jurídica o similares deben suministrar la información de sus beneficiarios finales. 


El cumplimiento de ambas obligaciones se realiza mediante la carga de información a los portales de cada entidad. Por muy sencillo que parezca, en la práctica, es un ejercicio realmente engorroso. “Desde la llegada de celeri a Colombia, nos hemos enfrentado con clientes que ven una carga inmensa en el cumplimiento de estas obligaciones”, apuntó.


“Una fiduciaria tradicional en Colombia, que administra miles de fideicomisos, tiene la obligación de empezar a reportar los múltiples beneficiarios finales de cada uno de esos fideicomisos que administra”, afirmó.


 Estamos hablando de, probablemente, cientos de miles de beneficiarios finales. El reporte de estos beneficiarios se hace a través de un formulario tradicional diseñado por la DIAN, cuya presentación implica un ejercicio de transformación o alteración en la estructura laboral (como lo hemos visto en la práctica desde celeri). 


Las fiduciarias se ven obligadas a redireccionar y reorganizar las labores de algunas de sus áreas para poder cumplir con estas nuevas obligaciones que no buscan una forma práctica y basada en tecnología para su cumplimiento. Los procesos necesarios para el cumplimiento de estas obligaciones son arcaicos, basados en instructivos (llamados anexos), que resultan en la creación de un archivo plano que falla al momento de ser presentado. 
De su parte, el experto dijo: “parece irónico, y hasta satírico que la regulación encaminada a moderar la actividad del sector tecnológico, no implemente dentro de sus procesos de cumplimiento tecnología”.


 Hoy por hoy, las integraciones entre programas, softwares, apps, add-ons e incluso empresas, llevan, en algunos casos, dos minutos, y, en el peor de los casos, horas. Aun con la cantidad de recursos tecnológicos que existen en la actualidad, seguimos pensando la regulación bajo una perspectiva puramente legal, dejando de lado lo realmente importante: mejorar el ecosistema tecnológico. 


Asimismo, la regulación que viene desarrollando el Estado (incluso en el caso de los dos ejemplos planteados), es completamente necesaria. Hay problemas que surgen a medida que vamos incursionando, cada vez, en un mercado centrado en la tecnología. Mi crítica apunta puramente a las dificultades que pueden afrontar los afectados por esta regulación al momento de su cumplimiento. 


Gómez puntualizó finalmente: “en forma de cierre, quiero compartir la siguiente reflexión: hace unas semanas, leía un trino de uno de los socios de Lexia Abogados, José Fernando Torres, quien decía:


 Preguntas deben hacerse todas las empresas: ¿Cuál es el IQ digital de sus empleados? ¿Cuál es el IQ digital de las áreas de recursos humanos? ¿Cuál es el IQ digital de las áreas legales? ¿Cuál es el IQ digital de las Juntas Directivas?”. Ante lo cual, yo pregunto: ¿Cuál es el IQ digital de nuestros reguladores? ¿Cuál es el IQ digital de los mandatarios del país? ¿Cuál es el IQ digital de quienes redactan las leyes? ¿Será factible una regulación para el sector tecnología basado en tecnología? Empecemos a mirar el desarrollo regulatorio como una herramienta y no como un obstáculo”.

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