Estatuto anticorrupción dejaría sin 'chamba' a funcionarios públicos

SUMINISTRADA / EL NUEVO DÍA
Los afectados aclaran que la ley es necesaria, pero hay una severidad exagerada.

El nuevo estatuto anticorrupción dejaría sin mayores posibilidades laborales y de contratación con el sector público y privado a los funcionarios que actualmente están vinculados con las gobernaciones, las alcaldías, entidades y empresas estatales en la región. Ese fue uno de los temas de discusión del Consejo de Gobierno que se celebró ayer entre secretarios, gerentes, directores y asesores con el gobernador Óscar Barreto.

 

Severas

 

Preocupados por su futuro y  algo 'achantados' salieron algunos de los funcionarios del 'Palacio del Mango' directores, gerentes y asesores después de que el propio Mandatario Seccional le ordenara al Departamento Jurídico les explicara a todos los asistentes las implicaciones que tiene la Ley 1474 de 2011 que entrará en vigencia el próximo año. Algunos funcionarios aclararon que no se oponen a las medidas para contrarrestar la corrupción y que son absolutamente necesarias, pero hay algunas demasiado severas que los dejaría cesantes por dos o más años.

 

De hecho, son conscientes de que si se alguien comete algún delito contra la Administración pública debe caerle todo el peso de la ley colombiana, pero no se puede aceptar una inhabilidad 'preventiva' sin comprobarse o juzgarse un hecho doloso contra la moralidad pública. Agenda “Desarrollamos la agenda prevista, y se nos dio a conocer los lineamientos de esta Ley. Salimos con muchas inquietudes y preocupaciones. “Hay muchas cosas que hay que criticarle a esta nueva normatividad. Quedamos limitados, pero finalmente hay que cumplirla”, indicó Éver Navarro.

 

Efectivamente, el endurecimiento de la ley deja sin muchas posibilidades de laborar en el sector público a los actuales funcionarios del Departamento y de los municipios por lo menos en los próximos dos años y medio. Tampoco, estas personas podrán contratar con el Estado o sus entes territoriales, cuando hayan firmado convenios o fueran supervisores u orientadores de recursos.

 

Para algunos de los asistentes, si bien se quiere y hay que evitar la 'puerta giratoria', las normas los avocan a quedarse con las 'manos cruzadas' o a irse a otras regiones en busca de oportunidades. La única posibilidad sería vincularse con el sector privado siempre y cuando no hayan contratado con dichas compañías a nombre de la Gobernación o de sus dependencias, pero en el caso del Tolima y los departamentos menos desarrollados del país, el capital independiente tiene fuentes de trabajo ya ocupadas, y además no hay cama para tanta gente.

 


Futuro embolatado

 

Uno de los casos expuestos es el futuro de Juan Carlos Basto Tróchez, secretario de Salud del Tolima, quien siendo médico, no podrá trabajar con ninguna entidad privada ni pública que tenga relación con el Departamento. Basto, por obligación y atención a su cargo ha tenido que girar recursos todos los hospitales públicos y realizar convenios de atención con las IPS privadas del Tolima y otras de Bogotá para garantizar los servicios a los pacientes del régimen subsidiado.

 

Por esta razón, no podrá contratar con ninguna institución a la que le haya destinado dineros como Secresalud, y ni siquiera podrá ejercer su carrera de medicina con dichos establecimientos. Del mismo modo, los funcionarios que hacen parte de Consejos y Juntas Directivas como Olga Lucía Alfonso, secretaria de Hacienda, quien representa al Gobernador en el Consejo Superior de la Universidad del Tolima y Éver Navarro, consejero de Cortolima, no podrían tener ninguna actividad relacionada con el área o actividades de las entidades en las que fungieron como representantes de la Administración Seccional.

 

Ana María Lopera, quien es secretaria de Educación, y cuya dependencia le ha girado dineros, por virtud a su puesto, a todas las instituciones educativas del Tolima en atención de programas, pago de maestros y funcionamiento de colegios y escuelas no estaría autorizada para ejercer ningún cargo ni tener relación contractual alguna con estas entidades. No solamente eso, la Secreeducación ha firmado y le ha hecho seguimiento a convenios con universidades públicas y privadas, el Sena, Uniminuto y generó programas para Tolima Digital y otros programas con el Ministerio TIC, lo cual la saca de carrera para tener una nueva relación con cualquiera de estas entidades o instituciones.

 

De la misma manera, Martha González, de Egetsa y Jhon Jairo Sánchez, de la EDAT, no podrían laborar en áreas relacionadas con gas, energía, acueducto, agua potable o alcantarillado en entidades o empresas con las que hayan tenido algún vínculo, por pequeño que sea, desde lo institucional.

 

Los anteriores son tan solo algunos ejemplos, pero el Estatuto cobija a todos los empleados del despacho, y como es lógico a cada uno de los secretarios de las 47 alcaldías que tiene el Tolima. Aunque la Ley está en revisión antes de ser firmada por el presidente Juan Manuel Santos, se estima que no habrá mayores cambios y que será la realidad que afrontarán los actuales funcionarios públicos del Tolima, de las corporaciones y entidades descentralizadas desde el próximo año.

 


Medidas

 

* Las personas naturales o jurídicas, no podrán volver a contratar con el Estado, cuando hayan sido responsables de la comisión de un delito contra la administración o el patrimonio público.

* Los ex servidores públicos, no podrán gestionar ante las entidades públicas intereses privados, durante los dos años siguientes a su retiro.

* Los ex empleados públicos del nivel Directivo no podrán ser contratistas del Estado en el mismo sector en el cual prestaron sus servicios, durante los dos años siguientes al retiro del cargo.

* Se extiende la responsabilidad penal a las personas jurídicas. Se fortalecen las operaciones encubiertas. Se extiende el principio de oportunidad al cohecho para romperlo.

* El Estatuto reforma los términos de investigación disciplinaria; de prescripción de la acción disciplinaria y actualiza el Código Disciplinario frente a los institutos de la revocatoria directa, el traslado de alegatos de conclusión, incorporación de medios materiales de prueba y formas de notificación de las decisiones de cierre de investigación y alegatos previos al fallo.

* La Fiscalía, la Contraloría y la Procuraduría contarán con nuevos instrumentos para combatir la corrupción y adelantar los procesos de manera expedita. Por ejemplo, se crea el procedimiento verbal de responsabilidad fiscal.

* Para combatir la corrupción en el sector privado, se crean nuevos tipos penales, y se endurecen las penas en varios de los delitos contra la administración pública. Quienes hayan sido condenados por delitos de corrupción no podrán acceder a beneficios como la casa por cárcel.

* Quienes financien campañas políticas no podrán ser contratistas del Estado, por el periodo para el cual haya sido elegido el respectivo candidato.

* Durante un lapso de seis meses, el Presidente de la República estará facultado para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios en la administración pública.

* El Presidente de la República podrá nombrar directamente a los responsables de las oficinas de control interno en las entidades nacionales.

* Se establecen medidas administrativas y penales para proteger los recursos del sector salud. En ese sentido, se crea un sistema de información para el reporte de eventos sospechosos de corrupción y se establecen tipos penales severos, como la estafa sobre recursos del sector salud, la especulación y el agiotaje de medicamentos, la omisión de control en el sector y el peculado por aplicación diferente de recursos de la salud, entre otros.


 
Dato

 

Desde antes de ser corregida y aprobada la Ley se escuchan voces de que se elevarán acciones populares y/o tutelas, pues el Estatuto viola el acceso al trabajo en igualdad de condiciones. Además las inhabilidades preventivas son cuestionables desde lo Constitucional y lo jurídico. 

Credito
EL NUEVO DÍA

Comentarios