Tribunal tumbó acuerdo ambiental de Roncesvalles

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
El Tribunal Administrativo del Tolima aceptó las objeciones presentadas por el Alcalde y concluyó que el proyecto de acuerdo del Concejo “viola postulados constitucionales y las normas legales”.

El Tribunal Administrativo del Tolima tumbó los tres artículos del acuerdo 07 del Concejo de Roncesvalles expedido en febrero de este año, mediante los cuales se buscaba prohibir la construcción de centrales hidroeléctricas, la explotación minera y de hidrocarburos convencionales y no convencionales.

La sentencia en única instancia expedida el 30 de mayo, se da tras aceptar las objeciones presentadas por el mandatario José Manuel García, pues la Sala considera que el cabildo actuó “sin adelantar los procedimientos y lineamientos que ha establecido la ley para estos eventos, sin tener en cuenta que su competencia para regular el suelo no es absoluta”.

El caso tuvo como ponente al magistrado Luis Eduardo Collazos Olaya y en su decisión expone que el concepto del Ministerio Público a través del Procurador 27 Judicial II en lo Administrativo de Ibagué fue que los artículos “no se ajustan a la legalidad y la constitucionalidad”.

Esto teniendo en cuenta que el Concejo tiene carencia de iniciativa propia para expedir el acuerdo, pues las decisiones sobre el uso del suelo deben hacerse mediante el Esquema de Ordenamiento Territorial y “no de un acuerdo que parcialmente se refiere al uso del suelo”, a lo que se le suma que el EOT debe ser iniciativa de la Administración municipal.

Asimismo, la Procuraduría señala que si bien el Estado es el propietario del subsuelo, en ningún momento puede considerar o tener por establecido que “de manera exclusiva y soberana puede tomar decisiones respecto a la exploración y explotación de los recursos del subsuelo”, pues debe propender por la aplicación de los “principios de concurrencia y coordinación”.

Igualmente, la Sala hace un recorrido por el derecho ambiental y recuerda que la exploración y explotación de hidrocarburos y minería tienen incidencia en el entorno ambiental, por lo que deben ceñirse a la regulación existente para prevenir daños o mitigarlos.

Del mismo modo, precisa que los tres artículos “prohíben categóricamente en todo el municipio, ejercer actividades de extracción de hidrocarburos, minería y desarrollo hidroeléctrico, decisión que no puede ser avalada por esta Corporación porque excede la facultad de regular el uso del suelo”.

Y agrega, que el proyecto de acuerdo no tiene un estudio técnico, social y ambiental por autoridades competentes que determine la incompatibilidad o restricción en relación con las actividades mineras, de hidrocarburos o energética.

Asimismo, es visto como un veto sobre este tipo de actividades en ‘Ronces’.

Finalmente, expone que acepta las objeciones del Alcalde y “deben declararse fundadas las mismas, por ello, deberá concluirse que el proyecto de acuerdo viola postulados constitucionales y las normas legales que regulan la exploración y explotación de recursos naturales no renovables”.

 

Dato

El acuerdo buscaba establecer prohibiciones en defensa del patrimonio ecológico y cultural de Roncesvalles. 

Credito
XIMENA VILLALBA C.

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