Alcaldía Municipal Ibagué NIT. 800113389-7 SECRETARIA INFRAESTRUCTURA DESPACHO AVISO DE CITACIÓN Y EMPLAZAMIENTO RADICACIÓN: 73001-23-00-000- 2001-01676-00. MEDIO DE CONTROL:

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Alcaldía Municipal Ibagué NIT. 800113389-7 SECRETARIA INFRAESTRUCTURA DESPACHO AVISO DE CITACIÓN Y EMPLAZAMIENTO RADICACIÓN: 73001-23-00-000- 2001-01676-00. MEDIO DE CONTROL: PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS. DEMANDANTE: FÉLIX EDUARDO MARTÍNEZ RAMÍREZ Y OTROS. DEMANDADO: MUNICIPIO DE IBAGUÉ; IBAL S.A. ESP, CORTOLIMA Y OTROS ASUNTO: EL SUSCRITO SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL En uso de sus facultades Constitucionales y Legales conferidas en el Decreto No 1000-0935 del 18 de noviembre de 2023 y conforme a lo establecido en el Decreto 1000-0026 del 11 de enero de 2023, así como en los artículos No.108 y No, 293 del Código General del Proceso (CGP), procede a dar publicación, citar y Emplazar a los beneficiarios no encontrados y relacionados en el Sorteo realizado el pasado 26 de enero del 2022 por el honorable Magistrado Dr. JOSE ANDRES ROJAS VILLA , en el marco de la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Tolima de la Acción constitucional No.73001-23-00-000 -2021-01676-00 de cuyo Accionante es el señor FELIX EDUARDO MARTINEZ RAMIREZ y otros; sobre los derechos atribuidos en el proceso de reubicación ordenado por el Concejo de Estado, para el beneficio de los residentes del asentamiento Hato de la Virgen del municipio de Ibagué , Previo a las siguientes consideraciones: Que el Artículo No.2 de la Constitución Política nacional dispone que Son fines esenciales del Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Que a su vez las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra; bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Que de igual forma el, articulo 51 Artículo especifica que todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda. Que mediante fallo emitido por el Tribunal Administrativo del Tolima en el mes de mayo del 2005 en cabeza de la honorable magistrada SUSANA NELL Y ACOSTA, se ordenó al municipio de Ibagué incluir en los planes de desarrollo municipal y de re ordenamiento territorial la reubicación de los habitantes de las riveras de la quebrada Hato de la Virgen, así coma realizar acciones necesarias para prevenir y erradicar asentamientos humanos en los márgenes de ríos y quebradas del municipio de Ibagué. Que Posteriormente el proceso judicial de la referencia fue asignado al Honorable Magistrado JOSE ANDRES ROJAS VILLAS, quien en función de su cargo ha llevado a cabo un seguimiento acucioso de las acciones implementadas por la Administración municipal. Que la Secretaria de Infraestructura adelanto las gestiones técnicas, administrativas, presupuéstales y jurídicas con el fin de dar celeridad al proveído de la sentencia emitida por el honorable magistrado del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL TOLIMA, Dr. JOSE ANDRES ROJAS VILLA, el MUNICIPIO DE IBAGUÉ, efectuando la celebración del CONTRATO DE OBRA No. 2452 de 19 de julio de 2022 cuyo objeto es ADELANTAR EL PROCESO INTEGRAL DE REUBICACIÓN DE LAS FAMILIAS ASENTADAS EN EL HATO DE LA VIRGEN EN CUMPLIMIENTO DE LA ACCIÓN POPULAR RADICADO 73001-23-00-000- 2001-01676-00, CON RESOLUCIÓN DE ADOPCIÓN 050 DE MARZO 11 DE 2011, y CONTRATO DE INTERVENTORIA NO. 2453 DE 21 DE JULIO DE 2022, cuyo objeto es: "INTERVENTORIA TÉCNICA ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y AMBIENTAL Y JURÍDICA AL PROYECTO DE ESTUDIOS, DISEÑOS DEL PROYECTO ADELANTAR EL PROCESO INTEGRAL DE REUBICACIÓN DE LAS FAMILIAS ASENTADAS EN EL HATO DE LA VIRGAN EN CUMPLIMIENTO DE LA ACCIÓN POPULAR RADICADO 73001-32-00-000- 2001-01676-00, CON RESOLUCIÓN DE ADOPCIÓN 050 DE MARZO 11 DE 2011”. Que en el marco de los procesos contractuales adelantados y en cumplimiento de lo ordenado por el ente judicial, la Alcaldía Municipal de Ibagué, llevo a cabo la caracterización de las familias residentes en el sector reconocido como Hato de la Virgen, encontrando que al momento de surtir las notificaciones de asignación de los lotes determinados para el proceso de reubicación, no fue posible encontrar a nueve (9) de las personas registradas en el sorteo realizado el pasado 20 de enero del 2022, por el Honorable Magistrado JOSE ANDRES ROJAS VILLA. Que en mérito de lo expuesto y en aras de dar prevalencia a los derechos otorgados como resultado del registro levantado mediante el proceso de caracterización a las personas residentes del sector hato de la virgen beneficiadas mediante sorteo del 20 de enero del 2022, se hace necesario emplazar a través del presente escrito a los siguientes ciudadanos: No. / NOMBRE / CÉDULA / 1. LUZ MARY CAICEDO 65745678 / 2. RUBEN GOMEZ ARIZA 70127298 / 3. DEISY LILIANA SANCHEZ 1108999744 / 4. LEIDY JOHANNA BERMUDEZ 1006120648 / 5. WILLIAM MARTINEZ 1051502177 / 6. JOSE DEL CARMEN MOLINA 93407061 / 7. FREDY ENRIQUE ORTEGA Sin identificación / 8. LUIS FERNANDO VARON URBINA Sin identificación / 9. JONATHAN MARTINEZ Sin identificación. Lo anterior, para que se pronuncien al respecto, haciéndose parte y allegando las pruebas pertinentes que acrediten la calidad del derecho que se pretende hacer valer al correo electrónico Infraestructura @Ibagué.govco y/o a las instalaciones de la Secretaria de Infraestructura ubicada en la carrera 4ta entre calles 6 y 7 del Barrio la Pola de la ciudad de Ibagué. Que a su vez se deja constancia a los directamente interesados que, la integridad y eficiencia del presente emplazamiento, tendrá validez por un término de diez (10) días hábiles a partir de las respectivas fijaciones en las carteleras y/o lugares visibles de las instalaciones de la Alcaldía Municipal de Ibagué y el periódico de amplia circulación nacional "NUEVO DIA". De no asistir, notificarse y/o acreditar la calidad de beneficiario en la misma fecha en que se publique el emplazamiento y/o hasta el último día en que las personas interesadas puedan darse por notificadas o hacerse parte de la actuación, se entenderá surtida la presente notificación, sin derecho a lugar de reclamación. (Fdo.) LEONEL ALFREDO NIETO SUAREZ, SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA. (Fdo.) Proyecto: Paula Andrea Espinosa Góngora – Asesora - Secretaria de Infraestructura. (Fdo.) V.B: Freddy Mauricio Peralta Delgado - Director Operativo - Secretaria de Infraestructura. Nota: El presente Documento quedará debidamente publicado a partir del día 15 de diciembre del 2023 en las instalaciones de la Alcaldía Municipal de Ibagué y será ampliamente circulado a nivel nacional en el territorio de la república de Colombia a partir del día 17 de diciembre del 2023 en el periódico El Nuevo Día. Carrera 4 entre calles 6 y 7 CAM La Pola Código Postal 730006 Teléfono: 2611181 - 2617030 infraestructura @ibague.gov.co. No. 42151