Personería abrió investigación contra el Imdri

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
La Personería municipal informó que profirió auto de indagación preliminar contra el Instituto Municipal para el Deporte y la Recreación de Ibagué, Imdri.

Esto con el fin de esclarecer los hechos, determinar las circunstancias de tiempo, modo y lugar, en cumplimiento del artículo 150 de la ley 734 de 2002, en que se declaró la urgencia manifiesta por parte del instituto para la Unidad Deportiva de la calle 42.

Cabe recordar que en su momento el Imdri señaló que el artículo 42 de la Ley 80 permitía a la entidad contratante, que en caso de situaciones de urgencia, adelantar la contratación de manera directa. Además debía gestionar la consecución de dos mil 800 millones para intervenir y ejecutar las obras.

Y se declaró la urgencia manifiesta, según la gerente, Diana Ximena Cepeda, debido a que a partir del incumplimiento en el contrato de obra de la calle 42 por el Consorcio Escenarios Unidad Deportiva, se generaron cuatro excavaciones o taludes entre seis y 13 metros de profundidad, los que, al estar a la intemperie, generan riesgo de desplazamiento de tierra, que ponen en riesgo las bancas de la carrera Quinta y la avenida Ferrocarril.

En su momento Rodolfo Salas, abogado asesor del instituto, indicó que por esta razón, “se procederá de manera inmediata con la culminación de las estructuras de contención frente a dichas excavaciones, con el fin de evitar derrumbes, afectación en la movilidad o daños de las líneas de servicios públicos que se localizan en la zona de influencia”.

Investigación

Así mismo, en su momento el contralor Mauricio Visash, señaló: “Hay que tener en cuenta que la urgencia manifiesta tiene unas condiciones técnicas específicas legales para que ese procedimiento se dé, no es solamente crear o querer generar la urgencia manifiesta para obviar la Ley 80, porque eso puede generar sanciones disciplinarias e incluso penales”.

Conforme a lo anterior, a fin de esclarecer los hechos y determinar las circunstancias de tiempo, modo y lugar, en cumplimiento del artículo 150 de la Ley 734 de 2002, la Personería Municipal procederá a dar apertura de Indagación Preliminar, en aras de tener certeza sobre la ocurrencia de los hechos y en el mismo orden verificar la existencia de la conducta y el autor o autores de las mismas.

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EL NUEVO DÍA

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