Cambios en las postulaciones de aspirantes a la Junta Directiva de la Cámara de Ibagué

Crédito: SUMINISTRADO
Ocho planchas quedaron habilitadas para las elecciones de Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Ibagué. Inicialmente se presentaron nueve planchas para estos comicios, y tras algunas renuncias y revisión de la Superintendencia de Sociedades una salió y otras tuvieron modificaciones.
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Hasta el 31 de octubre se recibieron las postulaciones de aspirantes a la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Ibagué y después de ser validadas por la Entidad, se enviaron a la Supersociedades, organismo que regula los Entes Camerales del país. Una vez que se llevó a cabo esta revisión, se le comunicó a la Cámara de Comercio de Ibagué los cambios que se presentaron. 

De la lista número 4 fue excluido el renglón número 2 integrado por Miguel Fernando Castillo Zabala y Richar Flórez Hernández, debido al incumplimiento de requisitos en diferentes vigencias, como la renovación mercantil de establecimientos de comercio que tienen por fuera de la jurisdicción de la CCI, específicamente en Neiva y Girardot. Otra novedad tiene que ver con la renuncia de los integrantes de la lista número 9, la empresa González Betancur S.A.S y Diana Lizeth Uribe Rodríguez, así como la renuncia del Grupo La Comarca S.A.S que integraba el segundo renglón de la lista 8; está empresa se postuló como principal y ante su renuncia el suplente también quedó descartado. 

Para el caso de las elecciones de la firma de revisoría fiscal o revisor fiscal principal y suplente se presentaron 4 listas de candidatos y una vez se hizo la revisión de los requisitos mínimos habilitantes, requisitos que fueron determinados por la actual Junta Directiva de la CCI, solo una cumplió con lo establecido.

Este proceso electoral se llevará a cabo el próximo 1 de diciembre en las instalaciones de las dos sedes de la Cámara de Comercio de Ibagué, desde las 8:00 am hasta las 4:00 pm en jornada continua, en el que solo podrán participar los empresarios afiliados a la Entidad, que se encuentren en el listado del censo electoral, el cual pueden consultar en la página web de la Entidad aquí.

Es importante resaltar que para el caso de las personas jurídicas solo podrá votar su representante legal o uno de sus suplentes, siempre y cuando al verificar en el sistema de la CCI estén incluidos, y para el caso de las personas naturales, serán ellas las únicas habilitadas para votar.

Credito
SUMINISTRADO | Cámara y Comercio

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