Participación ciudadana local

Columnista Invitado

Con ocasión de las elecciones territoriales el próximo mes de octubre de 2019, en las que se escogerán a los nuevos mandatarios locales por elección popular, interesante tener en cuenta; el Municipio, después de todo su proceso de transformación histórica, actualmente, es la entidad fundamental de la división política-administrativa del Estado y goza de la autonomía política, fiscal y administrativa, dentro de los límites de la Constitución y la Ley. Como tal le corresponde la prestación de los servicios públicos básicos, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes.

Como entidad primaria, en el municipio se desarrollan las principales acciones que el Estado está obligado como consecuencia de la concepción de Estado Social de Derecho que establece la Constitución. Es el escenario en donde se deben poner en práctica los postulados constitucionales de acción estatal, democracia participativa, planeación del desarrollo y participación comunitaria. Cada municipio en virtud de su autonomía diseñará su estructura administrativa ajustándola a sus condiciones y características propias, mediante Acuerdo del Concejo o Decreto del Alcalde, según sus atribuciones de acuerdo con las funciones que correspondan a sus competencias.

Es cada vez más aceptada en las teorías y modelos del desarrollo nacional y municipal que la calidad de las instituciones y la participación comunitaria inciden fuertemente en el crecimiento, el desarrollo y el bienestar. En los enfoques tradicionales se pensaba que la inversión física en el orden nacional, regional y urbano era el único factor impulsador del crecimiento. La cultura, los elevados niveles de conflicto local y los altos costos de transacción, la corrupción y la falta de interés y de participación de la comunidad en las estrategias y los proyectos mostraron que elevados niveles de inversión no necesariamente potencian el crecimiento, si no se mejora la calidad de las instituciones y la participación ciudadana.

Con la elección popular de Alcaldes instituida mediante el acto legislativo 01 de 1986 se estableció elegir a los mandatarios locales con la participación directa del pueblo y de los ciudadanos, mediante el sufragio universal y secreto como una verdadera participación política en la vida democrática de los municipios que tienen como función la planificación en coordinación con otras entidades del Estado en brindar a la comunidad las obras que demanda el progreso, para buscar el bienestar de sus habitantes indispensables para el desarrollo social, económico, político, cultural, ético, asegurando la protección del medio ambiente y buscar una mejor calidad de vida para todos.

Comentarios