El sombrero de Pizarro

“Habría sido más adecuado que el sombrero se expusiera en un museo sobre la paz o la historia contemporánea del país, como otra pieza de interesante...”.

En medio de tantos problemas, dificultades y, también, de noticias buenas, el arribo al país del sombrero de Carlos Pizarro Leóngomez, excomandante del M-19, despertó una animada discusión. Y no era para menos. El presidente de la República expuso el famoso sombrero en una ceremonia en la Casa de Nariño sobre una inscripción en la que se leía que está reconocido como patrimonio cultural de la Nación.

Como es apenas natural, la indignación entre quienes han sido víctimas de las guerrillas y, en particular, del M-19, llevó a que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes aclarara a la opinión que el sombrero de Carlos Pizarro no constituía un bien de interés cultural, sino en el “reconocimiento” de su valor simbólico como representación de la paz y objeto de memoria, y no en su inclusión en el mencionado régimen de protección cultural.

A pesar de que el presidente había afirmado un mensaje similar, en cuanto a que él y sus compañeros usaban “… esos sombreros en las marchas y en la vida. Y él (Pizarro) se puso ese sombrero cuando firmó la paz con el Gobierno de Virgilio Barco y después se convirtió en un símbolo a partir de las fotos, entonces lo mantuvo los días que vivió después del acuerdo de paz…”, el ministro Juan David Correa desautorizó el pronunciamiento de los funcionarios de su cartera, con lo cual quedó la impresión de que el presidente se había anticipado al declarar con sus palabras la condición de Patrimonio Cultural de la Nación, pues para que esto ocurra debe surtirse un trámite que, por cierto, es dispendioso.

Por lo mismo, al no ser, aún, el referido sombrero un bien de interés cultural, pues el presidente carece de la competencia constitucional y legal para hacerlo, queda en el aire la duda de por qué se usó la expresión “reconocimiento”, es decir, que el presidente o el ministro “reconocieron” la condición de patrimonio cultural a dicho objeto, pues jurídicamente esa expresión tiene un significado concreto, y es cuando una cosa, por disposición directa de una ley, es declarada de determinada manera, en cuyo caso, los funcionarios lo único que pueden hacer es reconocer lo que ya está declarado previamente en una norma o una tradición.

En suma, la confusión quedó planteada desde el mismo Gobierno, y las aclaraciones desde el Ministerio de Cultura no hacen sino enredar aún más lo que, per se, mostraba que sería un trámite polémico e innecesariamente divisor, pues el ministro no explicó qué procedimiento empleó para el referido “reconocimiento”, siendo que solo pueden considerarse patrimonio cultural aquellos bienes sometidos a un proceso público y transparente.

Habría sido más adecuado que el sombrero se expusiera en un museo sobre la paz o la historia contemporánea del país, como otra pieza de interesante conocimiento, similar a como lo hacen con estos elementos en museos de otras naciones con historias convulsas.

 

El Nuevo Dia

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