Conozca las deficiencias que encontró la Supersalud en el hospital del Líbano

Crédito: Suministradas/ EL NUEVO DÍALa interventora es médica cirujana cartagenera, cuenta con una especialización en
Gerencia de Servicios de Salud y amplia experiencia en la administración de
hospitales públicos.
La Supersalud ordenó a la nueva agente interventora que ejecute las acciones necesarias para superar las situaciones que dieron lugar a la intervención forzosa para administrar el hospital.
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Luego que trascendiera la sorpresiva visita de funcionarios de la Superintendencia Nacional de Salud al hospital Regional Alfonso Jaramillo Salazar del Líbano, la entidad dio a conocer que ordenó su intervención forzosa.

La acción, conforme reseña un comunicado, surge tras evidenciar 31 hallazgos que comprometen la prestación de servicios de salud y que revelan deficiencias en temas “administrativos, presupuestales, de contratación, de reportes financieros y de inconsistencias y confiabilidad en la información entregada al ente de control”.

Por su parte, el Superintendente Nacional de Salud, Ulahí Beltrán López, acotó: “Adoptamos esta medida de intervención dada la cantidad de falencias de índole

administrativa, financiera, asistencial y jurídica en la gestión de este hospital, las cuales afectan la estabilidad financiera y ponen en riesgo la adecuada y oportuna prestación del servicio de salud a miles de usuarios del área de influencia de la región del Líbano”.

Así pues, la ‘Super’ ordenó, además, la separación del actual gerente de la Empresa Social del Estado de segundo nivel de atención, José Jaime González Enciso. Asimismo, designó a Nelly Belén Arsuza Mendoza como agente especial interventora, quien desde la tarde del miércoles asumió las funciones de representante legal del centro asistencial.

Hospital de Líbano

En el radar

El oficio presentado por la Supersalud, trae a colación una ‘radiografía’ de lo que halló entre el 5 y el 9 de junio de este año, cuando llevó a cabo una auditoría sobre el hospital.

Entre los 31 hallazgos evidenciados, reseñó algunos. Uno de los puntos consiste en que el hospital “no garantiza la prestación de los servicios de salud de manera segura generando barreras de acceso, como parte de las acciones de inspección, se evidenciaron casos de pacientes que debían esperar hasta 4 meses para que les asignaran citas médicas”.

A ello se suma que la consulta médica, en concepto de la entidad, no cumplía con los requisitos mínimos de duración para garantizar el examen físico, impresión diagnóstica y plan de tratamiento del paciente. 

El centro asistencial, con cobertura en los municipios de Casabianca, Murillo y Villahermosa, al parecer como estrategia para atender la alta demanda de pacientes, permitía que algunos especialistas (neurología, medicina interna y fisiatría), realizaran consulta espejo o asistida, práctica que no es reconocida por el Ministerio de Salud y Protección Social, apuntó la ‘Super’.

 En la lista de hallazgos también aparecen fallas en los registros de atención del paciente; sobreocupación en el servicio de urgencias; fallas en la seguridad del paciente, “se identificó alto riesgo en la continuidad del proceso de atención del binomio madre hijo en el marco de la ruta integral de atención materno perinatal, dado que existen condiciones de riesgo para la seguridad de las usuarias, se evidenció que se atienden partos sin el acompañamiento de ginecobstetra a pesar de la condición de riesgo de la usuaria”.

Hospital de Líbano

Más deficiencias

De acuerdo con la entidad, el hospital no realiza seguimiento a los pacientes que le han sido cancelados los procedimientos quirúrgicos por causas institucionales, lo que genera, señala, retrasos de hasta cinco meses en la programación y continuidad en la prestación del servicio, situación que afecta el estado de salud de los pacientes y la progresión de su condición clínica.

Asimismo, en la auditoría se documentó un caso particular que demuestra la no garantía de acceso oportuno en otorrinolaringología. “El Hospital antepuso el costo económico en que incurriría al trasladar un especialista para realizar una sola valoración en el servicio de internación, a garantizar la prestación efectiva de los servicios de salud a la paciente que requería la interconsulta debido a su estado clínico”, reza el oficio.

A estas situaciones se suma que tampoco se garantiza el acceso efectivo a la atención integral en salud de las gestantes y los recién nacidos con el propósito de reducir la mortalidad materna, toda vez que no ha iniciado la implementación de las estrategias del plan de aceleración para la reducción de la mortalidad materna, según reseñó la Supersalud.

Cuando puso la lupa, la entidad también encontró que el hospital no garantiza la adecuada organización, almacenamiento y control de fechas de vencimiento de los medicamentos y dispositivos médicos y tampoco controla las condiciones ambientales de temperatura y humedad relativa para los medicamentos, dispositivos médicos e insumos del carro de paro del servicio de urgencias.

En el radar salió a flote que se realizan pagos a proveedores, sin evidenciar los soportes que den cuenta del cumplimiento de las actividades realizadas y/o que justifiquen los egresos efectuados. También, en términos de infraestructura, se evidenciaron deficiencias por la pérdida de la continuidad de paredes y pinturas en el servicio de esterilización, debido a la humedad del lugar, situación que propicia la aparición de infecciones asociadas a la atención en salud.

 

De riesgos financieros, administrativos y jurídicos

En su comunicado, la Supersalud indicó que se evidencia inadecuada gestión gerencial por radicación inoportuna de la facturación por venta de servicios de salud, cuyo valor asciende a $13.955 millones.

Igualmente, advierte que no se ha implementado la metodología para la calificación de riesgo de los procesos judiciales y su correspondiente reconocimiento contable, lo cual genera un riesgo teniendo en cuenta la incertidumbre del pasivo contingente.

Informan, además, sobre el incumplimiento de las condiciones de la contratación con las EPS conforme al Decreto 441 de 2022,  norma marco vigente para los acuerdos de voluntades entre las entidades responsables de pago y los prestadores de servicios de salud.

También habría incumplimiento en las normas vigentes en los aspectos contractuales y administrativos desconociendo la obligación de contar con un manual de contratación y de garantizar la aplicación de los principios generales que rigen la contratación pública, así como la inobservancia de las disposiciones legales en relación con la conformación y funcionamiento de su junta directiva.

Credito
Redacción Tolima

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