Aceptadas firmas que respaldan cabildo abierto sobre proyectos mineros

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
Las firmas de respaldo para la solicitud de cabildo abierto sobre procesos megamineros en Pijao, Quindío, superaron el mínimo exigido para convocarlo, luego de la revisión practicada por la Registraduría Municipal.

Como resultado de la revisión de firmas de respaldo para la solicitud, el registrador municipal de Pijao, Harold Edward Lara Soto, expidió una certificación según la cual de los 49 apoyos presentados por los solicitantes, 47 resultaron válidos. Los dos apoyos restantes, fueron anulados por ser ilegibles. 

Para que la solicitud de cabildo abierto prosperara, se requería de 30 apoyos válidos, correspondientes al cinco por mil del censo electoral del municipio, que es de cinco mil 840 ciudadanos. 

Las firmas para solicitar el cabildo fueron radicadas el pasado 11 de julio ante la Registraduría Municipal por Liliana Mónica Flórez Arcila, promotora del mecanismo.

Con esta solicitud, ya son dos los cabildos abiertos que han sido convocados en Quindío. El pasado viernes 14 de junio, la Registraduría Municipal de Montenegro recibió la solicitud de un cabildo abierto sobre los servicios públicos en el municipio.

Procedimiento para los cabildos abiertos

138 del 10 de octubre de 2012, estableció el procedimiento que deben seguir los registradores para los cabildos abiertos.

Según la entidad, la Ley 134 de 1994 establece, además, la necesidad de presentar ante la Secretaría del Concejo municipal o la respectiva corporación, la solicitud razonada, con no menos de 15 días de anticipación a la fecha de iniciación del período de sesiones.

Cualquier asunto de interés para la comunidad, puede ser materia del cabildo abierto, excepto presentar proyectos de ordenanza, acuerdo o cualquier otro acto administrativo.

Cuando se trate de asuntos que afecten específicamente a una localidad, corregimiento o comuna, el cabildo abierto podrá sesionar en cualquier sitio de éste, con la presencia del respectivo Concejo municipal o distrital, o la junta administradora local, según el caso.

En los procesos de convocatoria y celebración de los cabildos abiertos pueden participar las organizaciones civiles y todas las personas que tengan interés en el asunto.

Así mismo, durante la ejecución del cabildo, tendrán voz el vocero de quienes solicitaron el cabildo abierto y quienes se inscriban a más tardar tres días antes en la secretaría respectiva, quienes deben presentar un resumen escrito de su futura intervención.

A dichos cabildos pueden ser convocados funcionarios municipales o distritales, por solicitud de los promotores del cabildo o por iniciativa de los voceros, previa proposición aprobada por la corporación. Los funcionarios deben ser citados con cinco días de anticipación, para que concurran al cabildo y para que respondan, de manera oral o por escrito, sobre hechos relacionados con el tema del cabildo. La desatención a la citación sin justa causa, será causal de mala conducta.

Terminado el cabildo, dentro de la semana siguiente, en audiencia pública a la que serán invitados los voceros, el presidente de la respectiva corporación dará respuesta escrita y razonada a los planteamientos y solicitudes ciudadanas. 

Cuando se trate de un asunto relacionado con inversiones públicas municipales, distritales o locales, la respuesta deberá señalar el orden de prioridad de las mismas dentro del presupuesto y los planes correspondientes.

Credito
REDACCIÓN EL NUEVO DÍA

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