EL FONDO PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS E INTERÉS COLECTIVOS

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EL FONDO PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS E INTERÉS COLECTIVOS – DEFENSORIA DEL PUEBLO Y EL JUZGADO OCTAVO ORAL ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE IBAGUÉ – TOLIMA AVISA A LA COMUNIDAD EN CUMPLIMIENTO A PROVIDENCIA DE FECHA DE QUINCE (15) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS (2023) INFORMA A LA COMUNIDAD: Que dentro del proceso: PROTECCION DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS - POPULAR RADICACIÓN 73001-33-33-008-2023-00404-00 INSTAURADO POR: PERSONERA MUNICIPAL DE IBAGUÈ CONTRA: MUNICIPIO DE IBAGUÈ – EMPRESA IBAGUEREÑA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO IBAL S.A. E.S.P. SE ADMITIÓ LA DEMANDA MEDIANTE PROVIDENCIA DE FECHA: quince (15)de noviembre de dos mil veintitrés (2023) CUYAS PRETENSIONES SON:“Que se declare a los accionados MUNICIPIO DE IBAGUÉ y LA EMPRESA IBAGUEREÑA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO IBAL S.A. E.S.P responsables de la vulneración de los derechos colectivos, al goce de un ambiente sano, al acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública y al acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna, frente a la problemáticas relacionada con el cambio de la red de alcantarillado y posterior pavimentación de la carrera 19 con calle 17, callejón del barrio “La Paz”, Comuna 2, de la ciudad de Ibagué. Y en consecuencia, se le solicita al despacho de conocimiento que disponga que los accionados, en virtud de los principios de coordinación, concurrencia, subsidiariedad y complementariedad, de manera inmediata, y de conformidad con sus funciones, realicen iguales o similares acciones: POR PARTE DE LA EMPRESA IBAGUEREÑA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO IBAL S.A. E.S.P.: 3.1.1- Efectúen de manera inmediata las actuaciones administrativas y presupuestales para realizar el cambio de la red de de la carrera 19 con calle 17, callejón del barrio “La Paz”, Comuna 2, de la ciudad de Ibagué. POR PARTE DEL MUNICIPIO DE IBAGUÉ: 3.1.2- Con posterioridad al cambio de la red de alcantarillado, se realice la pavimentación de la carrera 19 con calle 17, callejón del barrio “La Paz”, Comuna 2, de la ciudad de Ibagué. No obstante la anterior solicitud de gestión individual, las accionadas deben de manera mancomunada, armonizar el desarrollo de sus acciones para que el impacto en la comunidad sea el menor posible.“ La publicación se deberá hacer en la página web del Juzgado y en un diario de circulación o emisora local. Dada en Ibagué, a los catorce (14) días del mes de diciembre de dos mil veintitrés (2023). (FDO) JUANITA RINCON ROA Secretaria Calle 69 #19-109 Edificio Comfatolima 038 (2)719979