Paternalismo estatal

Camilo Ernesto Ossa Bocanegra

Restémosle política, metámosle academia a la discusión –porque en realidad es un tema muy importante para nuestro país- y partamos de la base que, dentro de la adversidad del cannabis, porque es una tragedia para muchas familias –no lo podemos desconocer-, tal vez sea menos adverso legalizarlo que mantenerlo ilegal, pues con eso dirigimos las acciones a combatir el problema del consumo como un tema de salud pública.
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El cannabis ha venido siendo legalizado, en algunos países con fines medicinales, como en Colombia a través de la Ley 1787 de 2016 y, en otros, con fines de consumo, sin embargo, hace un par de semanas se hundió el proyecto de ley que pretendía legalizar esto último en nuestro país. En la elección presidencial de los Estados Unidos, ese país caminó hacia la legalización en 15 estados, pues convertirlo en un mercado legal genera “control” estatal y aporta al recaudo fiscal del país, versus un mercado ilegal, sin control y alimentando las arcas de los traficantes, esto último poniendo en riesgo la vida e integridad de las personas a causa de la violencia, o por lo menos eso indica parte de la evidencia.

Guido Calabresi, Juez norteamericano, escribió, junto a Douglas Melamed, en el año 1972, un artículo titulado: “Reglas de propiedad, reglas de responsabilidad y reglas de inalienabilidad: una vista de la catedral”, en el cual, tienen como punto de partida el problema de la titularidad de derechos, donde se desprende que, si el Estado no otorgara titularidades, el acceso a los bienes sería decidido sobre la base de “el poder hace derecho”, algo similar a lo que ocurre con el mercado ilegal del cannabis.

En ese artículo se proponen tres reglas para proteger la titularidad de los derechos, las cuales pueden ser perfectamente aplicables a la legalización del cannabis, a través del cual, el Estado, puede asignar titularidades, obligaciones y derechos haciendo uso de la regulación.

La primera de estas reglas, es una de propiedad, donde, para remover la titularidad es necesario pagar por ello y, por lo tanto, el precio es fijado por el mercado, sería el caso, por ejemplo, de los mayores de edad que acceden a un mercado –cannabis-, sólo que aquí si necesitamos una alta intervención del Estado. La segunda regla, es una de responsabilidad, que, cuando se quiere remover la titularidad, se está dispuesto a pagar un valor que ha sido predeterminado por el Estado, por ejemplo, se causa un daño por parte del productor del cannabis y, en consecuencia, debe pagar, siendo reglado.

La tercera, es una regla de inalienabilidad, donde el titular no puede permitir la remoción aun cuando alguien esté dispuesto a pagar un valor por ella, por ejemplo, el caso de los menores de edad, quienes no podrían acceder a la compra y consumo del cannabis, con una muy fuerte intervención del Estado para la protección de los niños, niñas y adolescentes. Busquemos mecanismos para conciliar las posiciones, pero sobretodo tengamos en cuenta que, sea cual sea la decisión, lo más importante es la integridad de nuestra sociedad. A la final lo que se requiere son mecanismos que le permitan al Estado reducir la violencia asociada a este mercado, a hoy, ilegal, combatir el consumo como un problema de salud pública y no mantenernos en una posición negacionista en relación a un hecho que otros países ya optaron por reconocer y del cual hay mecanismos para controlar y que debemos explorar. El debate debe seguir abierto.

CAMILO ERNESTO OSSA BOCANEGRA

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