Tribunal insta a AGA a cumplir normas ambientales

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El alto tribunal exhortó a Anglogold Ashanti para que de manera previa antes de desarrollar actividades mineras u obras para ejecutar estas labores, obtenga los permisos, concesiones, licencias y evitar lo sucedido en Piedras, según informe de Cortolima.

IBAGUÉ

El Tribunal Administrativo del Tolima negó la demanda interpuesta por la Personería de Ibagué de prohibir de manera inminente los estudios hidrogeológicos para la construcción de la banda transportadora, el mineroducto y el tren de carga, superficial o subterráneo, para trasladar el material extraído de la Mina la Colosa, debido a que podría afectar las aguas subterráneas en Cajamarca, Ibagué y Piedras.

De acuerdo con la ponencia del magistrado Carlos Arturo Mendieta, se negó la pretensión del organismo de control, ya que los trabajos se encuentran suspendidos de acuerdo con las resoluciones 0433 del 11 de marzo y 1180 del 274 de mayo de 2013, expedidas por Cortolima, que detectó irregularidades y afectaciones en el predio La Perdiz, ubicado en la vereda Camao en Piedras, por parte de Anglogold Ashanti.

El alto tribunal no dio trámite al término que empleó el órgano de control con respecto a la inminencia de la generación del daño o el cese de la actividad, ya que las pruebas aportadas solo hacían referencia a Piedras y no se muestra un inicio inminente de ser ejecutada la actividad de excavación en Ibagué y Cajamarca.

Sin embargo, advierte que “no puede echarse de menos las actividades que ya han sido realizadas por la multinacional minera, las cuales han dejado consecuencias nocivas en los ecosistemas ubicados en la Perdiz y predios circundantes”.

Lo que halló Cortolima

El Tribunal Administrativo recuerda la conclusiones del informe emitido por Cortolima, en donde se señala que la multinacional llevó a cabo en La Perdiz, la exploración y perforación de algunos orificios.

Según la empresa, no requería de título minero o licencia ambiental, ya que obedecían a la etapa de exploración. Además, las excavaciones tendrían 1.5 metros de ancho y siete metros de profundidad de acuerdo con el perfil del suelo.

Pero en la inspección efectuada por la autoridad ambiental, el pasado 27 de febrero y 2 de mayo de 2013, se advierte que AGA no llevó a cabo la evaluación del estudio para determinar la profundidad de las aguas subterráneas y la cantidad de las mismas, por lo cual no acató y cumplió la legislación.

Además, dejó claro que a la fecha, la empresa no había sido específica y concreta en cuanto al número total de perforaciones, densidad de la exploración, número de perforaciones por hectárea, características de las mismas, profundidad y el diámetro del sondeo.

De acuerdo con el informe, las perforaciones en profundidades a los 100 o 250 metros en busca de aguas subterráneas no se podían efectuar hasta que la empresa no tuviese el Plan de Trabajo y Obras con aprobación de la Agencia Nacional Minera y la corporación.

Por otra parte, Cortolima expresó que la multinacional realizó actividades en zonas de protección circundantes a la quebrada Camao y dos afluentes más como la instalación de baños portátiles, construcción de vías de acceso peatonal y vehicular no permitidas por la Ley.

De igual manera, utilizó la quebrada Camao para el transporte de maquinaria, personal y baños portátiles sin el permiso para ocupación del cauce.

La corporación reseñó que AGA no consultó al Ingeominas para la realización del diagnóstico que permitiera determinar si la zona podría soportar la instalación de infraestructura debido a la inestabilidad del terreno.

Según se determinó no es un sitio adecuado para ejecutar obras de construcción, dijo Cortolima.

Credito
EL NUEVO DÍA

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