Eliminan la reelección presidencial en Colombia

Colprensa - EL NUEVO DÍA
La Cámara de Representantes determinó por 90 votos a favor y 10 en contra que “no podrá ser elegido Presidente el ciudadano que a cualquier título hubiese ejercido la Presidencia”.

Tras más 10 horas de discusión del último debate de la reforma al Equilibrio de Poderes, la plenaria de la Cámara de Representantes levantó la sesión, aprobando 10 artículos del eje político y dos del eje jurídico, de los 29 que tiene en total este proyecto de ley.

La discusión comenzó con la votación de impedimentos que duró más de cinco horas, para posteriormente dar comienzo con la aprobación de varios articulados, entre los que se destaca la eliminación definitiva de la reelección presidencial y vicepresidencial.

Es así como “no podrá ser elegido Presidente de la República el ciudadano que a cualquier título hubiere ejercido la Presidencia. Esta prohibición no cobija al Vicepresidente cuando la ha ejercido por menos de tres meses, en forma continua o discontinua, durante el cuatrienio”, señala la ponencia.

Cabe mencionar que la prohibición de la reelección solo podrá ser reformada o derogada mediante referendo por iniciativa popular o asamblea constituyente. Uno de los temas polémicos en este artículo, fue la proposición del representante Edward Rodríguez, la cual fue negada, ya que proponía que la reelección presidencial se pudiera efectuar, pero no de manera inmediata, lo que le abría las puertas a que expresidentes del país, como Álvaro Uribe Vélez, pudiera hacer campaña electoral dentro de unos años.

Dando inicio a otro punto, los congresistas aprobaron con una votación a favor, que a partir del 2018 el candidato que le siga en votos a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Presidente y Vicepresidente de la República, Gobernador de Departamento, Alcalde Distrital y Alcalde municipal, tendrá el derecho personal a ocupar una curul en el Senado, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital y Concejo Municipal, respectivamente, durante el período de la correspondiente corporación.

Según el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, “esta norma se aplicaría a partir de las próximas elecciones que hayan después del 2015, quiere decir, las elecciones presidenciales del 2018 y las regionales posteriores. Hay que dejar claro que ahora no se aplicaría y es importantes señalar que el candidato que queda de segundo en una elección es tan importante como el primero y puede tomar decisiones políticas”.

Elección de Contralor

Entre otro de los artículos de este eje político, se aprobó que el Contralor será elegido por el Congreso en Pleno, por mayoría absoluta, en el primer mes de sus sesiones para un periodo igual al del Presidente de la República, de lista de elegibles conformada por convocatoria pública con base en lo dispuesto en el artículo 126 de la Constitución y no podrá ser reelegido ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento del mismo.

Además, que el Defensor del Pueblo ejerza sus funciones de manera autónoma, y será elegido por la Cámara de Representantes para un periodo institucional de cuatro años de terna elaborada por el Presidente de la República.

Por último, fue aprobado el artículo que le permite a los representantes por la comunidad raizal de San Andrés, Providencia y Santa Catalina obtener una curul adicional a la que poseen en la Cámara de Representantes, ya que la plenaria decidió quitarle un puesto a los representantes colombianos en el exterior, para asignarle la misma a los raizales.

Por su parte, en el eje jurídico fue aprobado el artículo que permite que la Cámara de representantes acuse ante el Senado al Presidente de la República y los tres miembros de la Comisión de Aforados; y por último, uno que permite que el Vicepresidente de la República sea investigado por la Fiscalía General de la Nación, y juzgado por la Corte Suprema de Justicia, aclarando que este es el mismo régimen de los ministros, el Procurador, Alcaldes y Gobernadores.

Según el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, “esta ha sido la reforma que en los últimos 20 años ha tenido el mayor rigor jurídico en su estudio, y por eso no tenemos temor de la revisión constitucional”.

La plenaria de la Cámara de Representantes fue citada para continuar con el último debate de la reforma al Equilibrio de Poderes, con el fin de dar aprobación a los artículos del eje judicial, los cuales han sido duramente criticados por varios sectores.

Acaban Comisión de Acusación y se crea la de Aforados

La plenaria de la Cámara de Representantes eliminó la Comisión de Acusaciones, para darle paso a la apertura de una de Aforados, la cual investigará y acusará a los magistrados de la Corte Constitucional, Consejo de Estado y Fiscal General de la Nación.

“La Comisión de Acusaciones ha fallado en su funcionamiento, probablemente por la forma como se concibió desde el comienzo, pero claramente dentro de eso el procedimiento complejo que hay y por eso la propuesta fue modificar el órgano de instrucción, con el fin de que la etapa de juzgamiento sea hecha por los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, y quien va a realizar la investigación es un grupo compuesto por personas con los mismo requisitos para ser magistrados, y tengan la capacidad técnica para formular las acusaciones”, señaló el ministro de Justicia, Yesid Reyes.

Esta Comisión de Aforados estará compuesta por tres miembros elegidos por el Congreso en pleno, por periodos de 8 años, quienes no podrán ser reelectos y quienes investigarán y acusarán a los aforados por faltas disciplinarias ante la Cámara de Representantes. Cabe señalar que estas acusaciones podrán ser apeladas ante el Senado de la República.

Adicionalmente, la Comisión de Aforados podrá investigar y acusar a los magistrados y Fiscal, por delitos penales ante la Corte Suprema de Justicia, y tendrán 60 días para presentar su acusación disciplinaria o penal.

Credito
BOGOTÁ

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