Mucho cuidado con las denuncias temerarias y de mala fe

Cada día siento más gusto por esta tierra del Tolima, por sus gentes, por la búsqueda incansable de la cualificación y la preparación, por la mirada global que nuestros jóvenes tienen.

Sin embargo, hay algo que preocupa y es la postura descalificadora en buen porcentaje, la crítica no argumentada, es una crítica que parte de la repetición sin verificar y comprobar, sonando incluso inculto, es la temeridad y la mala fe con la cual se descalifica o se reclama.

Nuestro pueblo desconoce normas mínimas, por ejemplo el hecho de interponer un Derecho de Petición, obliga a utilizar términos respetuosos que no impiden una respuesta. Pero ha cobrado fuerza, textos y anónimos que tildan de corruptos a funcionarios y administraciones sin conocimiento real o sin fundamento legal de cuanto endilgan.

El título Primero de la Constitución Política de Colombia en su Artículo 6, señala: Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

Igualmente, el Artículo 29 dice: …Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable.

El Artículo 150 de la Ley 734 de 2002, es decir, el Código Único Disciplinario, estipula el procedimiento por presentar, aparentemente, quejas que carecen de fundamento y soporte legal, probatorio y fáctico.

Así, si existe duda sobre la procedencia de la queja, se abrirá una investigación preliminar, con el fin de determinar la veracidad de ésta.

Si se comprueba temeridad de la misma, podrá imponer sanciones de multa, no sin antes haber realizado la audiencia al quejoso, contando únicamente con el recurso de apelación, que solamente podrá ser impuesto dentro de los dos días posteriores a la notificación.

Pero igualmente desde el punto de vista penal, se puede investigar por falsa denuncia o injuria y calumnia.

Entonces, el llamado es para que nuestra población antes de juzgar a un individuo se ilustre muy bien al respecto y conozca la veracidad o no de cuanto va a denunciar porque las autoridades tienen la obligación de proteger el derecho al buen nombre y a la honra de todos los ciudadanos colombianos.

Credito
INDIRA ORFA TATIANA ROJAS

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