Límites a las llamadas de cobranza

Deberán las empresas ingeniarse, entonces, formas de cobranza y de ofrecer sus productos, sin atosigar a los consumidores.

El bombardeo de llamadas, correos electrónicos y mensajes de texto que envían las entidades bancarias y otras empresas, se convirtieron en una molestia para los clientes, pues no hay día ni hora vedados para la recepción de tales mensajes.

Este se convirtió en el método predilecto para efectuar cobros a las personas que se retrasan en sus obligaciones, y la gestión se intensifica en las épocas de crisis, cuando muchas personas “se cuelgan” en sus pagos por razón de su situación económica.

Estos mensajes importunan el descanso de las personas e invaden su privacidad. En ocasiones son tan insistentes que se pueden tornar en acoso. Si bien es cierto que existen reglas sobre la forma de cobrar, la frecuencia y los horarios inadecuados en que contactan a los clientes, aun si la obligación no está vencida o ya se pagó (“si ya efectuó su pago haga caso omiso de este mensaje”, rezan las notas de cobro), hicieron necesario que se pusieran límites a esta clase de comunicaciones.

Con la ley “Dejen de fregar” aprobada por el Congreso y que está a la espera de sanción presidencial, se espera poner un límite este asedio de los bancos, especialmente con los deudores. Sin embargo, los demás clientes tampoco escapan de esta forma de mercadeo que emplean bancos y otras empresas que llaman o envían mensajes para vender toda clase de productos.

Se pretende proteger el derecho a la intimidad de los consumidores cuyos espacios de descanso son invadidos a cualquier hora y todos los días de la semana. Era necesario poner un límite legal, pues estas entidades se aprovechaban de los resquicios de la ley para importunar a sus clientes, en ocasiones llamando o enviando mensajes varias veces al día. La ley contempla, además, que no se pueden efectuar visitas a domicilio o al trabajo para efectuar cobros.

Con esta norma, las entidades solo podrán contactar a los clientes una vez por semana, de lunes a viernes entre las siete de la mañana y las siete de la noche y los sábados, entre las siete de la mañana y las tres de la tarde.

Aquellos que sientan vulnerados sus derechos pueden quejarse a las Superintendencias Financiera y de Industria y Comercio que serán las encargadas de vigilar y sancionar a las entidades que incumplan la ley. Deberán las empresas ingeniarse, entonces, formas de cobranza y de ofrecer sus productos, sin atosigar a los consumidores.

El Nuevo Día.

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