Ilegal financiación de campañas

Alfonso Gómez Méndez

En la agenda política y mediática de estos días se habla mucho de las investigaciones en distintas instancias estatales a propósito de denuncias sobre posible financiación ilegal del Pacto Histórico, tanto en la campaña al Congreso, como a la Presidencia de la República en el 2022.
PUBLICIDAD

El tema no tiene nada novedoso. Lo que ocurre es que en los últimos años cuando se ha reglamentado el ejercicio de la política se han aprobado por el Congreso una serie de reformas que apuntan tanto al origen de los recursos -se prohíbe, por ejemplo, más allá de los dineros de origen claramente delictuoso, el de personas jurídicas extranjeras o los entregados en efectivo- como a la obligación de reportar a la autoridad electoral todo apoyo recibido en dinero, en especie o en servicios durante la campaña electoral. Obviamente, se prohíbe que quienes hacen aportes a las campañas se vean luego beneficiados con contratos o prebendas por parte del o de los candidatos que lo recibieron.

A partir de la ley 1864 de 2017, muchos de esos actos, más allá de sanciones administrativas, tienen también consecuencias penales. Además, en el caso de violación de los topes -cosa que ocurre con frecuencia, pero no se puede probar- se establece una especie de responsabilidad objetiva, pues responde no solamente el gerente de la campaña sino el candidato beneficiado. Lo que resulta de mayor importancia es que esa financiación ilegal puede dar lugar a la pérdida de investidura para el elegido, incluso si se trata del presidente de la República. Y la connotación penal se deriva no solo de posibles falsedades por omisión sino de fraude procesal ya que el Estado repone los gastos electorales, siempre y cuando se hayan cumplido todas las reglamentaciones sobre la financiación de campañas.

El primer caso en que se denunció la violación de los topes electorales fue el de la campaña de Ernesto Samper en 1994. Sin embargo, el Consejo de Estado falló a favor del presidente. Aún hoy por Odebrecht, el excandidato presidencial Oscar Iván Zuluaga, está respondiendo ante los jueces electorales y penales.

En el caso de la campaña del presidente Petro las investigaciones están tanto en el Consejo Nacional Electoral, como en la Comisión de Acusaciones y en la Fiscalía para el caso de los no aforados.

El debate se da en la ciudadanía sobre la desconfianza en la imparcialidad de los llamados investigadores y jueces electorales. En el caso del Consejo Nacional Electoral, en el cual ha habido y hay magistrados respetables, el tema es que la Constitución le dio un origen político, ya que sus integrantes son propuestos por los partidos. Ahí nace la suspicacia que no es necesariamente en razón de las personas. El tema es de fondo. Hay que buscar otro mecanismo para que la integración del “poder electoral” no de pie a sospechas de ninguna naturaleza.

En relación con las investigaciones penales y de los no aforados no puede haber duda alguna pues la Fiscalía General de la Nación es un organismo independiente que pertenece al poder judicial.

En cuanto a las investigaciones contra los presidentes, magistrados de altas cortes y el fiscal general, es claro que el sistema nunca ha funcionado; viene desde la Constitución del 86 y lo mantuvo la del 91. Hay una especie de contradicción en los términos cuando la carta política habla de “funciones judiciales del Senado” pues los congresistas no están formados ni tienen mentalidad de jueces. Son políticos y actúan como políticos. Rojas fue condenado porque en el juicio en el Senado sus jueces fueron sus enemigos políticos del Frente Nacional. Pudo ser distinto si los jueces hubiesen sido senadores anapistas. En el 96 los representantes que pidieron la preclusión de Samper fueron sus aliados. Pero quienes pidieron el juicio fueron sus enemigos que tampoco estaban siendo imparciales.

La legitimidad del juez depende de su credibilidad ante la ciudadanía o ante el pueblo, como ahora prefiere decirse. 

Hay que cambiar el sistema para que, por ejemplo, el Congreso se limite a “desaforar” al presidente pero que el juicio como tal lo adelante un organismo independiente como la Corte Suprema de Justicia. En una reforma política de verdad, debe cambiarse el origen del Consejo Electoral y la forma de procesar al presidente.

ALFONSO GÓMEZ MÉNDEZ

Comentarios