Atender lo prioritario

El Estado -que no se reduce al Gobierno, como algunos piensan- es una organización política cuyas metas prioritarias -en especial si se define como Estado Social de Derecho- radican en la búsqueda y preservación de los intereses de toda la colectividad, en la garantía de los derechos y libertades de todas las personas y en la satisfacción de sus necesidades más sentidas y apremiantes.

La necesaria buena fe

Tanto el secuestro de Luis Manuel Díaz -padre de nuestro crédito deportivo Luis Díaz-, como los de muchas otras personas, hacen evidente y claro que el ELN no tiene voluntad de paz.

Fiscalía y libertad de prensa

El equilibrio, la razón, la sindéresis, la independencia y la imparcialidad son características esenciales del buen funcionario público. Son elementos indispensables para el ejercicio de las funciones del Estado, en especial cuando se trata del ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas.

Atender lo prioritario

Según el artículo 1 de la Constitución, Colombia es un Estado Social de Derecho, lo que, como lo señala la Corte Constitucional, la acción del Estado debe dirigirse a garantizar a los asociados condiciones de vida dignas.

Crímenes contra la humanidad

Digámoslo con claridad: lo que ocurre, desde el 7 de octubre, en Israel y la Franja de Gaza es de un horror inconcebible.

Gaza: dolor e impotencia

Para decirlo con toda claridad y sin rodeos: lo que viene ocurriendo en Gaza desde el 7 de octubre es sencillamente brutal e inhumano. De lado y lado, se han cometido y se siguen cometiendo crímenes gravísimos a la luz del Derecho Internacional. Hamás, de manera cobarde y con sevicia, asesinó a cientos de personas civiles indefensas, que participaban en un festival de música, y secuestró a muchos, para usarlos como moneda de cambio contra Israel. Por su parte, Israel inició los bombardeos indiscriminados contra la población civil que habita la Franja, y, además -impidiendo su salida y cualquier tipo de corredor humanitario-, bloqueó la entrada de agua, energía, alimentos, comunicaciones y todo elemento de supervivencia, lo cual implica tortura y condena a muerte para miles de hombres, mujeres, niños, ancianos y enfermos, sin contemplaciones y sin respeto alguno por su vida, su integridad y sus derechos esenciales. Contrariando los principios y reglas fundamentales del Derecho Internacional Humanitario. Lo ha hecho con el explícito respaldo de quienes gobiernan los países más poderosos del mundo, quienes -en vez de exigir y propiciar un cese al fuego- envían armas, hombres, bombas y tanques de guerra para que la masacre continúe. Algo sencillamente salvaje y criminal.

Igualdad real y efectiva

El derecho fundamental a la igualdad es propio de la democracia e inherente al Estado Social de Derecho. Simultáneamente, es un principio básico de nuestra organización estatal y del orden jurídico establecido en 1991.

Aplicar y cumplir el D.I.H.

Angustia, dolor, muerte de miles de personas -inclusive niños, mujeres, enfermos, ancianos, médicos, periodistas- es lo que ha prevalecido durante este interminable conflicto en Israel y en la Franja de Gaza -que, en solo una semana, ha dejado miles de víctimas inocentes, entre judíos, palestinos y visitantes o residentes extranjeros-, sin que se vea próxima alguna solución que proteja de verdad a la población civil y que haga valer los principios y reglas del Derecho Internacional Humanitario.

¿Y el derecho?

Lo que ocurre en Israel y en la Franja de Gaza -en donde se han cometido y se siguen cometiendo crímenes de guerra y violaciones de los Derechos Humanos-, como lo que ha venido sucediendo desde hace más de un año en Ucrania, y lo que a diario sucede en Colombia -en un conflicto que guerrilleros y paramilitares no quieren terminar- no es otra cosa que la vulneración ostensible de claras reglas del Derecho Internacional Humanitario, que busca proteger a la población civil.

Un fallo contradictorio

Ha sido reiterada mi posición en cuanto a las sentencias de la Corte Constitucional en las que se decide que una norma declarada por ella inexequible -en cuanto viola la Constitución- sigue vigente, por efectos diferidos del fallo en el tiempo, durante uno o más años.