La Constituyente

José Gregorio Hernández

El presidente Gustavo Petro -ante el bloqueo al que han sido sometidos los proyectos gubernamentales en el Congreso- ha manifestado que, “si un gobierno electo popularmente, en medio de este Estado y bajo la Constitución de Colombia, no puede aplicar la Constitución porque lo rodean para no aplicarla y lo impiden, entonces Colombia tiene que ir a una asamblea nacional constituyente". Agregó que ella “debe transformar las instituciones para que obedezcan al pueblo en su mandato de paz y de justicia, que es fácil de lograr en Colombia".
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Al respecto, caben algunas reflexiones:

En primer lugar, es verdad que la extrema derecha se ha propuesto obstaculizar al máximo la gestión del presidente y de su gobierno, para lo cual, en lo que corresponde a la legislación, ha recurrido a procedimientos indebidos como las deliberadas ausencias y la constante desintegración del quórum, en vez de adelantar debates serios, razonados y constructivos. Ha preferido oponerse a todo, sin importarle el cumplimiento de la función legislativa, el logro de los fines esenciales del Estado Social de Derecho, ni el interés general.

En segundo lugar, la Constitución de 1991 -a diferencia de la anterior- sí contempla la posibilidad de convocar, por iniciativa gubernamental o popular, una asamblea constituyente, con finalidades específicas que impliquen reformas o ajustes constitucionales. Y es legítimo -porque así lo contempla el artículo 376 de la Carta Política- que el Ejecutivo formule propuestas en tal sentido o en el de llamar al pueblo a referendo. De modo que se equivocan -y generan confusión- quienes exponen la aludida idea presidencial como si de un golpe de Estado o de una dictadura se tratara.

Pero, desde luego, es necesario que se precise cuáles serían los asuntos por tratar. Además, cabe evaluar la viabilidad de la propuesta en la actual coyuntura, y establecer si una asamblea constituyente sería el camino más adecuado y expedito para los fines de igualdad y justicia social que busca el primer mandatario.

Recordemos que la convocatoria debe pasar por el Congreso y por la revisión previa de la Corte Constitucional, antes de que se pronuncie el pueblo en las urnas. No se olvide que, según la Constitución, es el pueblo el que convoca a una asamblea constituyente.

Quien esto escribe estima que, en el momento actual, Colombia no necesita una asamblea constituyente, entre otras razones por la muy poderosa de su inviabilidad política. Para esa convocatoria se requiere una ley del Congreso, con mayorías calificadas, y si allá están bloqueando las reformas, es muy probable que también bloqueen el proyecto de ley correspondiente.

Lo que se requiere, en la situación actual del país, es madurez política y una mínima dosis de patriotismo en las filas de los partidos, en especial los de oposición y los que se dicen independientes. Es indispensable que los congresistas de todas las tendencias asuman con honestidad la representación del pueblo, como lo dice la Constitución, y que los órganos estatales cumplan los mandatos constitucionales de 1991, regresando a la sindéresis en el desempeño de su papel esencial. Que dejen la polarización, dialoguen, discutan, razonen, lleguen a consensos, ejerzan sin mezquindad sus atribuciones y piensen más en el interés general que en el de los partidos.

JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ

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