Preservar la institucionalidad

Para que el Estado -en particular, si se proclama democrático- tenga sentido como organización política de la sociedad y pueda alcanzar los objetivos y realizar los valores que ella procura, resulta indispensable que las instituciones funcionen, es decir, que los principios y normas contemplados en ejercicio de la soberanía -por la Constitución- sean aplicados, inclusive en el evento de una crisis o en épocas turbulentas o especialmente complejas.

La grave inseguridad

El artículo 2 de la Constitución confía a las autoridades la función de proteger a todas las personas en sus derechos y libertades.

El uso de las redes

Debemos enfrentar la realidad y entender que los hechos, como decían los abuelos, son tozudos. Es decir, tercos, obstinados, insistentes.

Las indebidas filtraciones

Siempre hemos pensado que, siendo de interés público -diríase que de interés público fundamental- los debates que se surten en la Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de la guarda de la integridad de la Constitución, deberían ser públicos. Ello permitiría no solamente que el ciudadano del común estuviera bien informado acerca de los argumentos y criterios de los magistrados y su razonada exposición, confrontación y votación, sino que evitaría la inconveniente especulación mediática sobre proyectos de fallo -indebidamente filtrados-, que se ha vuelto costumbre, en especial cuando se trata de asuntos altamente controversiales.

Cabe Precisar

Algunos acontecimientos, actos y discursos recientes sugieren la necesidad de hacer precisiones, con miras a evitar equívocos y confusiones que perjudican a la sociedad:

Piensen en el país

Nuestro sistema político ha optado, desde las primeras constituciones, por la separación funcional entre las ramas y órganos del poder público.

Fallos que confunden

Resaltemos una vez más la necesidad de reglas claras, que son requisito esencial de convivencia en el interior de cualquier sociedad, con mayor razón si se ha organizado como Estado de Derecho.

OBRE LA RESERVA DE LA FUENTE

Dispone el artículo 73 de la Constitución: “La actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional”.

Desgaste innecesario

Como lo dije públicamente hace unos días, el presidente de la República no necesita, ni está obligado a responder -en las redes sociales- a toda publicación, opinión o información de los medios y periodistas acerca de su gobierno. Tampoco le está prohibido

Volver a los principios

El país ha vuelto a convulsionarse políticamente por cuenta de palabras deshilvanadas, reclamos incoherentes, filtraciones, publicaciones, trinos, especulaciones, dudas y preocupaciones políticas. No es el caso de tomar partido en uno u otro sentido, justamente porque todo ha sido mediático, y, en consecuencia, no hay decisiones institucionales. Ha faltado información fidedigna y completa, pruebas y seriedad, todo lo cual ha conducido a la oscuridad existente, que está causando daño a la sociedad y a la estabilidad política.