El derecho fundamental al buen nombre (2)
Según la Constitución Política de Colombia, “toda persona tiene derecho a que lo que se exprese, sienta y piense de él por los demás, responda a una estricta realidad de sus conductas y condiciones personales, especialmente de sus bondades y virtudes, de manera que la imagen no sufra detrimento por informaciones falsas , malintencionadas o inoportunas” Esto ya lo había citado.